sábado, 25 de febrero de 2017

La ANCCE, condenada por competencia desleal


Hoy nos hacemos eco de la noticia recién publicada en ECUESTRE.ES, sobre la sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº1 de Sevilla en la que ha dado la razón a la empresa MELPI en su litigio con la ANCCE:



La ANCCE, condenada por competencia desleal


El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla ha dado la razón a la empresa MELPI en su litigio con la Asociación Nacional de Criadores de Caballos de Pura Raza Española (ANCCE). La empresa había denunciado a la asociación al impedirle ésta desarrollar su actividad profesional de secretaría técnica de concursos.





25 febrero 2017 | 
En sentencia de fecha 2 de febrero de 2017, el citado juzgado sevillano ha declarado la comisión y existencia de un acto de competencia desleal y de práctica agresiva por parte de la ANCCE hacia la empresa MELPI S.L., que venía prestando regularmente sus servicios de secretaría técnica a los Comités Organizadores de los concursos morfológicos de caballos Pura Raza Española hasta que el año 2011. La ANCCE modificó el Reglamento de Concursos Morfológicos para impedir que la empresa MELPI actuase como secretario técnico, emitiendo además un comunicado prohibiendo a los Comités Organizadores la contratación de la citada empresa.
Como consecuencia de esta sentencia, la ANCCE deberá indemnizar a MELPI S.L. en la cantidad de 53.290,50 € anuales a partir del año 2011 hasta la cesación total del acto de competencia desleal.
Paralelamente y por estos mismos hechos, la ANCCE tiene abierto un expediente sancionador por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por posibles conductas restrictivas y existir una conducta abusiva en su posición de dominio prohibida por el artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia y del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) por el que podría ser sancionada, según fuentes jurídicas consultadas por Ecuestre, con una multa de más de 150.000 euros.
Se adjunta enlace a la web de la CNMC donde consta la incoación del expediente sancionador.
La denunciante MELPI S.L., ha estado defendida por el abogado Fernando Acedo Lluch, especialista en derecho hípico, quien ha logrado explicar al Tribunal las complejas relaciones existentes entre los diferentes actores e intereses económicos que confluyen en el mercado de la organización de un Concurso Morfológico de Caballos de Pura Raza Española. Fernando Acedo tiene a su cargo el Consultorio Jurídico de Ecuestre.es
Puedes leer la sentencia completa descargando el PDF en el siguiente link:

Descargar archivo PDF: SENTENCIA

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